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Información a proveedores

La Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de Impulso de la factura electrónica y creación de registro contable de facturas del Sector Público (BOE 28 diciembre de 2013), establece una serie de obligaciones relativas al contenido y al proceso de remisión de las facturas que emitan los proveedores de bienes y servicios de las Administraciones Públicas con las que mantienen relaciones jurídicas, entre ellas el CSIC.

Las obligaciones más relevantes que impone la norma son:

1. La obligación de los proveedores de remitir las facturas que emitan por importe superior a 5.000 euros a un registro administrativo que cumpla con los requisitos del artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

2. La obligación de los proveedores de incorporar en las facturas que emitan unos datos que identifiquen a las oficinas contables competentes para la anotación de la factura, así como a las unidades de gestión y tramitación del gasto y pago derivado de cada factura de las Administraciones Públicas con las que se relacionen.

Por tanto, todas las facturas que emitan los proveedores que se relacionen con el CSIC deberán incorporar los datos que se contemplan en la ficha que se adjunta.

     
FICHA MODELO